Las Isapres, para calcular la cotización de salud, multiplicaban el precio del plan por un factor de riesgo, el cual fue declarado ilegal pues pertenece a una tabla de factores que discrimina por sexo y edad (a mayor probabilidad de usar la Isapre, mayor es el factor).
Producto de lo anterior, la Superintendencia de Salud implementó, a partir de abril 2020, una tabla única de factores que sólo varía según la edad del afiliado, eliminando la discriminación por sexo. Las Isapres solo estaban aplicando esta nueva tabla a los afiliados que se cambiaban de plan o de Isapre.
Por esta razón, el 30 de noviembre de 2022, la Corte Suprema dictó una sentencia general que obliga a las Isapres a aplicar la nueva tabla de factores y a reembolsar la diferencia pagada a todos los afiliados con contratos anteriores al 1 de abril de 2020, sólo en el caso que al aplicar la nueva tabla se reduzca el precio del plan.
Para dar cumplimiento a la sentencia, se aprobó una ley en el Congreso que regula la forma y plazo en que las Isapres deberán, en los casos que corresponda, actualizar los precios de los planes y reembolsar la diferencia pagada. De esta manera, algunas de las normas establecidas son:
A partir del 1 de septiembre de 2024, las Isapres deberán aplicar la nueva tabla de factores promulgada por la Superintendencia de Salud a todos los afiliados que les signifique una reducción en el precio de su plan.
La devolución del dinero que cobraron en exceso las Isapres desde abril de 2020, será restituido en forma de excedentes y en los siguientes plazos:
- Personas menores de 65 años: 13 años
- Personas entre 65 y 80 años: 5 años
- Personas mayores de 80 años: 2 años
Para efectos de lograr la sostenibilidad del sistema, las Isapres cobrarán en el año 2024 una prima extraordinaria que corresponde a un alza de hasta un 10% en los planes de salud. Cada Isapre deberá justificar detalladamente el alza que aplicará, en consideración a sus costos (prestaciones, licencias médicas, etc.)
Ningún plan podrá costar menos de la cotización legal obligatoria del 7%, de esta manera, se eliminan los excedentes (diferencia en favor de los afiliados, cuando su cotización legal obligatoria del 7% es superior al plan de salud contratado con la Isapre). De esta manera, quienes generen excedentes, podrán mantener el mismo plan pero renunciando a los excedentes, cambiarse a un plan que cueste como mínimo el valor de su cotización o desafiliarse.